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La UE blinda el consumo de los centros de datos tras la presión de las grandes tecnológicas

Una investigación periodística revela que Microsoft y DigitalEurope consiguieron que la UE declare confidencial la información sobre consumo y eficiencia de centros de datos individuales. Esto limita la fiscalización ambiental y abre dudas sobre compatibilidad con normas de transparencia internacionales.

Por Redaccion TD
La UE blinda el consumo de los centros de datos tras la presión de las grandes tecnológicas

Qué reveló la investigación

Una investigación liderada por Investigate Europe y publicada con la colaboración de medios como EL PAÍS, The Guardian y Le Monde muestra que la Comisión Europea incluyó en la normativa de 2024 una cláusula que protege como confidencial la información de rendimiento y consumo de cada centro de datos. La inserción de esa cláusula responde, según los documentos consultados, a propuestas directas de Microsoft y del lobby DigitalEurope, cuyo grupo de miembros incluye a Amazon, Google y Meta.

La Comisión recopila datos claves sobre eficiencia energética y consumo de agua de los centros de datos. Sin embargo, la nueva redacción obliga a tratar como información comercial sensible los indicadores asociados a instalaciones concretas, lo que impide el acceso público y frena solicitudes de información que intenten conocer la huella de cada centro.

Cómo se llegó a la redacción vigente

La discusión se remonta a la revisión de 2023 de la Directiva de Eficiencia Energética de la UE, que planteó la obligación de reportar indicadores clave de rendimiento de los centros de datos. A finales de 2023, la Comisión distribuyó instrucciones más detalladas y, en un primer borrador, propuso que los datos se publicaran de forma agregada.

Durante la fase de consulta a principios de 2024, Microsoft y DigitalEurope presentaron enmiendas que pedían clasificar como confidencial toda la información relativa a centros de datos, argumentando intereses comerciales. Poco después, el texto final publicado en marzo de 2024 incorporó prácticamente palabra por palabra la redacción propuesta. El artículo 5 resultante exige que la Comisión y los Estados miembros mantengan la confidencialidad de los indicadores de cada centro de datos individual, al considerarlos información que afecta a intereses comerciales de operadores y propietarios.

Como consecuencia, los datos públicos que quedan disponibles son agregados a escala nacional, mientras que la información sobre el impacto ambiental y el consumo específico de cada instalación no es accesible para comunidades locales, académicos, periodistas ni la ciudadanía.

Reacciones y dudas jurídicas

Varios juristas expertos en derecho ambiental y transparencia han señalado que la cláusula plantea potenciales conflictos con la normativa de la UE y con tratados internacionales. Consultados por la investigación, académicos que han participado en la supervisión del Convenio de Aarhus han señalado que una norma de esa naturaleza podría no ajustarse a las obligaciones de acceso a la información ambiental recogidas en el convenio.

El consenso entre especialistas es que una presunción generalizada de confidencialidad favorece de forma indebida los intereses corporativos. La opinión predominante entre los expertos consultados es que la protección de información comercial debería evaluarse caso por caso, no mediante una blindaje absoluto que impida el escrutinio público.

Fuentes internas de la Comisión han defendido que la confidencialidad estuvo siempre presente en las discusiones y que el texto refleja las opiniones recibidas durante la consulta pública. Desde Microsoft, la compañía remitió un comunicado en el que, según la investigación, indicó estar trabajando para aumentar la transparencia y, a la vez, proteger información sensible de carácter comercial.

Por qué importa: impacto ambiental y gobernanza

Europa está en pleno proceso de expansión de infraestructura digital: la inversión prevista en centros de datos en los próximos años es elevada, y la construcción masiva de instalaciones ha encendido alarmas sobre consumo energético, uso de agua y afectaciones a comunidades y ecosistemas locales. La decisión de clasificar como confidencial indicadores por instalación reduce la capacidad de evaluación independiente y dificulta que actores públicos y civiles exijan medidas correctoras o regulaciones más estrictas.

La falta de acceso a datos por instalación complica también el trabajo de investigadores que analizan eficiencia energética, uso de recursos hídricos o impacto local, y limita la labor de medios que investigan el comportamiento de grandes operadores.

Lecciones para América Latina

Aunque la investigación se centra en la Unión Europea, las implicaciones son relevantes para América Latina. La región está recibiendo mayor interés de grandes proveedores de servicios en la nube y operadores de centros de datos; al mismo tiempo, muchos países latinoamericanos están en etapas de diseño o ajuste de sus marcos regulatorios sobre energía, agua y planificación territorial.

La experiencia europea muestra el riesgo de que presiones de la industria determinen criterios de transparencia desde el inicio, lo que puede dejar a gobiernos locales, comunidades afectadas y reguladores sin herramientas para supervisar impactos ambientales y sociales. Para países latinoamericanos que busquen atraer inversión en infraestructura digital, es crucial incorporar desde el diseño normativo exigencias de reporte transparentes y mecanismos de evaluación independientes.

Qué pueden hacer los tomadores de decisión

  • Exigir transparencia por instalación: obligar la publicación de indicadores básicos por centro de datos, con análisis de impacto ambiental y consumo energético detallado.
  • Evaluación caso por caso de la confidencialidad: definir criterios objetivos para proteger información competitiva sin convertir en secreto toda la información relevante para la salud pública y el medio ambiente.
  • Fortalecer la capacidad regulatoria: dotar a agencias ambientales y de energía de recursos para auditar y verificar datos reportados por los operadores.
  • Fomentar auditorías independientes: promover verificaciones de terceros y la participación de la sociedad civil en procesos de evaluación.
  • Aprender de los acuerdos internacionales: considerar la adhesión y aplicación práctica de principios como los del Convenio de Aarhus para garantizar acceso a la información ambiental.

Conclusión

La inclusión de una cláusula de confidencialidad que protege indicadores por instalación muestra cómo la interacción entre lobbies y procesos regulatorios puede moldear el acceso público a datos cruciales sobre sostenibilidad. Para la UE, la decisión abre un conflicto jurídico y democrático sobre hasta qué punto los intereses comerciales pueden prevalecer sobre el derecho público a la información ambiental. Para América Latina, la lección es clara: diseñar marcos normativos que equilibren la protección de secretos comerciales con la obligación pública de transparencia ambiental, antes de que la expansión de infraestructura digital deje menos margen de maniobra a reguladores y comunidades.

Fuente original: El Pais IA