Venezuela abre su minería a la inversión: críticas por posible 'saqueo sistemático'

El 9 de abril la Asamblea Nacional aprobó la nueva Ley Orgánica de Minas, que reemplaza normas de 1999 y 2015 y busca atraer inversión. Organizaciones civiles y expertos alertan que la norma podría legalizar impactos ambientales y reforzar redes de corrupción vinculadas a la minería ilegal.

Por Redaccion TD
Venezuela abre su minería a la inversión: críticas por posible 'saqueo sistemático'

Qué cambió con la nueva ley

El 9 de abril la Asamblea Nacional de Venezuela aprobó por unanimidad la nueva Ley Orgánica de Minas, una norma que sustituye dos instrumentos previos: el Decreto de Ley de Minas de 1999 y el Decreto de Reserva del Estado sobre actividades mineras de oro de 2015. Estas disposiciones anteriores limitaban la participación extranjera y privada en minerales considerados estratégicos; la nueva ley busca, según sus promotores, abrir el sector a la inversión y modernizar su regulación.

La presidenta Delcy Rodríguez celebró la aprobación en sus redes sociales, calificando la norma como un instrumento para “modernizar, regular y potenciar la minería” y para “fortalecer la seguridad jurídica, atraer inversiones e impulsar la riqueza mineral” en favor del desarrollo nacional. En la promulgación, Rodríguez añadió que la intención es avanzar hacia “una minería productiva, ecológica y al servicio del desarrollo de la Nación”, y anunció la creación de la Superintendencia de la Actividad Minera, una entidad destinada a coordinar inversiones, producción y comercialización de minerales.

Contexto político y relaciones internacionales

El artículo original sitúa esta reforma dentro de una serie de cambios legislativos orientados a facilitar la inversión privada. En ese marco, durante una visita en marzo, el secretario del Interior de Estados Unidos, Doug Burgum, anunció cooperación bilateral para desarrollar la minería en Venezuela, con especial interés en oro, minerales críticos y tierras raras. Asimismo, el texto reporta declaraciones anteriores atribuidas a un exmandatario estadounidense sobre la necesidad de “acceso total” a recursos energéticos y minerales, una referencia que aparece en la cobertura periodística del proceso.

Críticas de organizaciones civiles y expertos

La apertura ha generado reacciones diversas y críticas contundentes de organizaciones ambientales y de derechos humanos. Un grupo de 15 organizaciones de la sociedad civil emitió un pronunciamiento durante la discusión de la ley, advirtiendo que la norma podría ofrecer “un barniz de legalidad al actual saqueo sistemático de la Amazonía y del Escudo Guayanés”, profundizando el deterioro ambiental y la vulneración de derechos humanos.

Cristina Burelli, fundadora de SOSOrinoco —organización que documenta impactos de la minería ilegal en la Amazonía, Orinoquia y Guayana—, declaró que la nueva ley “institucionaliza el ecocidio y el blanqueo de oro de sangre en Venezuela”. Burelli señala una discrepancia entre la narrativa oficial de apertura económica y la realidad sobre el terreno: desde el artículo se reporta un aumento de actividad minera tras eventos políticos recientes, con presencia de dragas ilegales en ríos como el Caroní y en las cabeceras del Icabarú.

Para Burelli, la ley no contiene mecanismos efectivos para limpiar las cadenas de suministro ni para prohibir la minería dentro de áreas naturales protegidas. En su opinión, lejos de erradicar la minería ilegal, la norma podría permitir que flujos de capital sigan financiando estructuras de corrupción y alianzas entre autoridades y grupos armados presentes en territorios mineros.

Alejandro Álvarez, coordinador general de Clima 21, enfatiza la contradicción terminológica: el ministerio responsable se denomina Ministerio de Desarrollo Minero Ecológico, lo que a su juicio resulta “un absoluto contrasentido” si las disposiciones ambientales de la ley son, en su mayoría, declaraciones de principio sin medidas de aplicación claras.

¿Qué significa “minería ecológica”?

La nueva ley introduce la noción de “desarrollo minero ecológico”, definido en el texto como la ejecución de actividades mineras buscando eficiencia económica mientras se minimiza impacto ambiental, respetando derechos humanos y protegiendo ecosistemas. Diversas organizaciones cuestionan ese concepto por considerar que la minería —en especial la de oro— es intrínsecamente destructiva: la promesa de sostenibilidad puede servir para justificar intervenciones que, en la práctica, dañan cuencas hidrográficas, biodiversidad y modos de vida locales.

El pronunciamiento conjunto advierte que calificar proyectos extractivos como “ecológicos” puede ser una estrategia para encubrir daños y facilitar la entrada de capitales, además de legitimar operaciones en territorios con comunidades indígenas y reservas naturales.

Riesgos concretos señalados

  • Ambiental: expansión de minería en la Amazonía y el Escudo Guayanés con uso de dragas, deforestación y contaminación por mercurio.
  • Sociales: afectación de comunidades indígenas y rurales, riesgos sobre salud pública y pérdida de medios de vida.
  • Institucionales: ausencia de controles claros en la cadena de suministro y la fiscalización; creación de instituciones nuevas sin garantía de independencia técnica.
  • Criminales: posible consolidación de redes de corrupción y lavado de activos vinculadas a la extracción ilegal.

Mongabay Latam, según el artículo, buscó diálogo con el equipo de la presidenta Rodríguez sobre críticas a la ley, pero no obtuvo respuesta al cierre de la nota. La ausencia de un proceso de consulta amplia y la percepción de que la norma prioriza la atracción de capital por encima de salvaguardas ambientales y sociales alimentan la desconfianza de organizaciones locales e internacionales.

Implicaciones para América Latina y lecciones para tomadores de decisión

Para países de la región, la experiencia venezolana pone en evidencia la tensión entre la necesidad de inversión y la protección de recursos naturales estratégicos. Los tomadores de decisión deben considerar que abrir sectores extractivos sin marcos robustos de gobernanza, transparencia y participación social puede traducirse en daños ambientales de largo plazo y en costos económicos y reputacionales significativos.

Si el objetivo es realmente atraer inversión responsable, las medidas mínimas deberían incluir: auditorías y trazabilidad en la cadena de suministro, controles efectivos contra el lavado de activos, protección y consulta a comunidades afectadas, límites claros sobre actividades en áreas protegidas y mecanismos independientes de supervisión ambiental.

Conclusión

La Ley Orgánica de Minas aprobada el 9 de abril representa un giro hacia la apertura y la atracción de inversiones en el sector minero venezolano. Sin embargo, según voces expertas y organizaciones civiles citadas en el artículo fuente, la norma deja grandes interrogantes sobre su capacidad para prevenir la expansión de la minería ilegal, detener el daño ambiental y desarticular redes de corrupción. Más que el nombre de “minería ecológica”, lo que determinará el impacto real serán las políticas concretas de implementación, control y participación ciudadana que acompañen esta reforma.

Fuente original: Wired